Empresas ya no pueden exigir constancia de antecedentes no penales para contratar
Publicado el: 3 de agosto de 2021.
Esta tarde la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dio a conocer que ahora las empresas tienen prohibido exigir la constancia de antecedentes no penales para poder contratar a alguien.
De acuerdo con la SCJN, este documento se tenía que entregar a la hora de solicitar un empleo, sin embargo, se trata de una práctica inconstitucional, pues viola los principios de no discriminación, de libertad de trabajo y reinserción social.
Esta constancia de antecedentes no penales, se pide para constatar que la persona no tenga antecedentes criminales y en base a esto, la empres podía decidir si contratar o no a la persona.
Según lo estipulado en la Ley, sólo podrán solicitar la carta de antecedentes no penales en las siguientes situaciones:
- Si lo solicitan autoridades administrativas judiciales y competentes, con fines de investigación criminal, procesales o por requerimiento de autoridad judicial.
- En casos donde la normatividad lo establezca como requisito para cierto empleo, como cargo o comisión en el servicio público, instituciones de seguridad pública o privada.
- Si la solicita una embajada o consulado extranjero en México o a través del consulado o embajada de México en el extranjero.
Publicado el: 3 de agosto de 2021.